En un fallo sin precedentes, tras la demanda presentada por la municipalidad de Lanús, ayer por la mañana el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Lanús sentenció “hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Municipalidad de Lanús, y ordenar a la firma Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima (EDESUR S.A.) a garantizar la efectiva prestación del servicio de energía eléctrica, por sí o a través de terceros, sea por medio de unidades móviles de generación de energía eléctrica o por las líneas regulares de provisión, a favor de la usuaria actora en esta causa”.
La Justicia convocó a una reunión entre las partes, con un plazo máximo de 24 horas, para llevar a cabo “un plan de normalización de la energía eléctrica a favor de la Municipalidad de Lanús como así también a los damnificados, en todas las áreas afectadas”.























