Por Víctor Hugo Denis | Las Dos Campanas
Un fallo judicial suspendió los aumentos de luz aplicados desde agosto en Buenos Aires por considerar que fueron implementados sin audiencia pública previa. Las distribuidoras deberán retrotraer las tarifas y compensar a los usuarios que ya pagaron las facturas con incremento.
La Justicia bonaerense asestó un duro golpe al esquema de aumentos tarifarios en la provincia de Buenos Aires al ordenar la suspensión del incremento en las facturas de electricidad que se venía aplicando desde agosto.
La medida fue dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Coppola, tras una presentación realizada por el defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino.
El fallo alcanza a las empresas distribuidoras Edelap, EDES, EDEA y EDEN, que deberán volver a aplicar el cuadro tarifario anterior mientras se resuelve la cuestión de fondo. Además, los usuarios que ya abonaron las facturas con aumento recibirán un saldo a favor en las próximas liquidaciones.
Según sostuvo Lorenzino, la normativa vigente exige la realización de una audiencia pública antes de aplicar modificaciones tarifarias de esta magnitud, garantizando el acceso a la información y la participación de los usuarios. Para la Defensoría del Pueblo, el incremento fue implementado sin cumplir con esos requisitos legales.
La resolución judicial también vuelve a poner en debate el impacto de los tarifazos sobre millones de familias, comerciantes e industrias que enfrentan una escalada constante en el costo de los servicios públicos.
La decisión llega en una semana marcada por cuestionamientos a las políticas tarifarias, luego de que otro fallo judicial impidiera el corte de suministro eléctrico a una empresa de Quilmes que denunció facturas millonarias y aumentos superiores al 300%.
Mientras continúan las discusiones sobre el costo de la energía, la Justicia marcó un límite y recordó que cualquier aumento debe respetar los procedimientos legales y el derecho de los usuarios a ser informados y escuchados.
Fuente: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y resolución del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Bahía Blanca.
Medio: Las Dos Campanas.





















