Los duelos fueron una parte importante en la formación de las clases sociales en el país. Se trata de una tradición olvidada, pero que sigue vigente en el Código Penal Argentino.
Según comenta Gayol en su libro, los duelos llegaron al país a principios del siglo XIX, pero debido a los constantes vaivenes políticos y militares de la reciente nación argentina, los mismos no fueron masivos.
Popularizándose recién alrededor de 1870, donde “el espectacular crecimiento económico y poblacional, con el consiguiente trastrocamiento de las jerarquías y prioridades, fue la principal condición de posibilidad del duelo. Lejos de ser un hecho aislado, la posibilidad de duelar se convirtió en un rasgo intrínseco de las relaciones mantenidas entre quienes pertenecían y entre quienes aspiraban a pertenecer a las elites”, afirmó Gayol.
Según los datos de su investigación, hasta 1970 se contabilizaron un total de 2417 duelos. La mayoría se daba entre miembros de la casta política, militares e incluso periodistas.
El duelo más importante del que se tiene registro fue entre dos miembros de la Unión Cívica Radical: Hipólito Yrigoyen y Lisandro de la Torre. El duelo se concretó el 6 de septiembre de 1897, siendo la victoria para el primero, pese a nunca haber practicado esgrima y doblarle la edad a su retador.
En cambio, el último duelo registrado por los medios se realizó en 1968, durante el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía, y tuvo como combatientes al periodista Yoliván Biglieri y el militar Benigno Varela. Nuevamente, el problema había surgido a raíz de una nota periodística que no gustó al representante de la cúpula militar.
Una cuestión anacrónica
Hasta la fecha, son muchos los juristas y políticos que se expresaron por la idea de actualizar o incluso eliminar dicha figura penal, debido a que corresponde a necesidades de otros tiempos y que su permanencia actual en nuestro sistema penal, permite que los mismos sigan en la virtualidad, legítimamente vigente.
Tal es la opinión del senador entrerriano Pedro G. Guastavino, quién por medio de un proyecto de ley presentado hace un par de años señaló que el duelo “pudo haber tenido algún tipo de justificativo en una sociedad con otros conceptos de justicia y protección del honor. Recordemos que nuestro Código Penal tiene ya 90 años y conserva resabios de una sociedad que hoy ya no es la misma. Es por lo tanto necesario derogar esta figura tanto por su desuso, como por su reproche a una conducta inviable en una sociedad civilizada”.
Por su parte, otro proyecto de ley, esta vez presentado por la diputada de San Luis, Liliana T. Negre de Alonso sostiene que “la doctrina mayoritaria, entiende que independientemente de que el consentimiento sea válido, el bien jurídico debe ser susceptible de disposición y en el este caso el bien jurídico vida humana es irrenunciable”, por lo que no se trataría de un decisión que podría quedar a la libre disposición de las partes, en opinión de Negre de Alonso.
“La justicia debe adecuar su rol y evitar que los conflictos interpersonales se privaticen y para ello debe tener las herramientas legales necesarias para adecuar a la figura que más se relacione. En el caso en cuestión existe una aceptación voluntaria de combate, no contemplada como tal en nuestro ordenamiento jurídico con una escala adecuada”, concluyó.